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ãÔÇåÏÉ ÇáäÓÎÉ ßÇãáÉ : Los jueces consideran "irrelevante" que las v?ctimas de explotaci?n sexual lleguen a


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05-29-2024, 09:00 PM
“Circunstancias injustas, desmedidas y distintas a las mendazmente ofertadas”. Con esta frase el tribunal de la Secci?n 10 de la Audiencia de Barcelona sostiene que, aunque a las j?venes venezolanas se les ofreciera ejercer la prostituci?n en Espa?a (https://uc-4u.com/tags/espana-2/), fueron enga?adas si no se cumpl?an las condiciones prometidas, por lo que han sido condenados por trata de seres humanos. Cuando las v?ctimas llegaron a Barcelona, subrayan los jueces, se les impusieron “condiciones gravosas, desproporcionadas o claramente de explotaci?n y abuso”.

El tribunal entiende que el enga?o es “fraude o maquinaci?n fraudulenta”, lo que comprende “cualquier tipo de se?uelo” que, seg?n las circunstancias de cada caso, “sea eficiente para determinar la voluntad viciada de la v?ctima”. Ello se puede lograr a través de diferentes mecanismos, aunque el medio m?s habitual es la proposici?n ficticia de ofertas de trabajo o la contrataci?n simulada. En el caso del matrimonio condenado, sin embargo, a las j?venes venezolanas se les capt? diciéndoles que ejercer?an la prostituci?n en unas condiciones muy diferentes a las que se encontraron al llegar a Barcelona (https://uc-4u.com/tags/barcelona/). El fraude o enga?o, argumentan los magistrados, requiere “el uso de estrategias capaces de crear un error” en las v?ctimas y, de esta manera, estas desconozcan el “significado real o la trascendencia” de lo que acepta.

Las v?ctimas "tienen un sentimiento de rabia y de ansiedad" que les supone "un empeoramiento actual de su calidad de vida".







“Es irrelevante conocer que se viene a ejercer la prostituci?n”, recalca la sentencia. Los jueces recogen una resoluci?n del Tribunal Supremo (https://uc-4u.com/tags/tribunal-supremo/) en la que se deja clara que la conducta de los imputados en un proceso judicial similar “se ejecuta abusando de una situaci?n de necesidad o vulnerabilidad”. Esta situaci?n de “necesidad y vulnerabilidad”, seg?n el alto tribunal, es “precisamente la raz?n, no solo de venir a Espa?a, sino la que explicaba que se vieran obligadas a aceptar el control de los acusados”. Por tanto, agrega el fallo judicial, “el consentimiento de la v?ctima es irrelevante”.

Enga?o

En el caso de Barcelona, incide la Audiencia catalana, la conducta de los dos acusados “se ejecuta abusando de una situaci?n de vulnerabilidad de las v?ctimas”, las cuales fueron captadas, transportadas, acogidas y recibidas en territorio espa?ol con “la finalidad de explotaci?n sexual mediante enga?o”. La sentencia también agrega que algunas sab?an que ven?an a ejercer la prostituci?n, pero “en condiciones muy alejadas de la realidad que se encontraron, por lo que hubo enga?o parcial”.

Los magistrados también consideran que los hechos relacionados con algunas j?venes venezolanas deben ser calificados como delito de trata, aunque no se les fuera retenido el pasaporte o tuvieran libertad para desplazarse, pues en el juicio explicaron las razones “por las que soportaron durante un tiempo las condiciones de explotaci?n a las que fueron sometidas”.

Rabia y ansiedad

A la hora de valorar las indemnizaciones para cada una de las siete v?ctimas, la Secci?n 10 argumenta que se debe valorar “el proceso de grave humillaci?n vivido” por las mujeres “cuando fueron obligadas a someterse a condiciones cuasi serviles en el ejercicio de la prostituci?n, reduciéndolas a meros objetos sexuales”. La sentencia insiste, adem?s, que se les ha desarraigado de sus familias, “ya que fueron tra?das a un pa?s que no era el suyo, para explotarlas sexualmente aprovechando su vulnerabilidad, lo que afect?, sin duda, a su calidad de vida”.

Y valora, adem?s, que no percibieron dinero alguno por los servicios sexuales y que los acusados se lucraron “desposeyéndolas de una fuente de ingresos por su trabajo”. A lo que debe a?adirse, se?ala el fallo, sin “perjuicio de las secuelas que ello les haya podido producir”, que “casi todas ellas tienen un sentimiento de rabia y de ansiedad, que aunque no puede ser calificado de trastorno descrito médicamente, supone un empeoramiento actual de su calidad de vida”.



ÃßËÑ... (https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/jueces-consideran-irrelevante-victimas-explotacion-103082377)

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