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الريــم Senior Member

Aunque la cuant?a m?xima de una pensi?n por incapacidad permanente puede superar los 3.000 euros al mes, m?s ahora que esta pensi?n se ha revalorizado un 3,8%, la mayor?a de pensionistas cobra una cifra muy inferior.

Esto se traduce en casos muy concretos de personas que no llegan a final de mes porque la cuant?a en que se les queda la prestaci?n es insuficiente. Sin embargo, existen varias ayudas que se pueden compatibilizar con la pensi?n por incapacidad permanente.

Cinco prestaciones adicionales que son compatibles con las modalidades parcial y total de la pensi?n por incapacidad.

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?Qué ayudas se pueden compatibilizar con la pensi?n de incapacidad permanente?

  • Renta activa de inserci?n (RAI). Para personas desempleadas durante un largo periodo de tiempo y con dificultades econ?micas.
  • Subsidio para mayores de 45 a?os sin cargas familiares. Para personas que no tienen personas a su cargo y que son demandantes de empleo.
  • Subsidio para mayores de 52 a?os. Similar al anterior, pero pudiendo cobrarse hasta la edad de jubilaci?n y permitiéndole cotizar hasta entonces.
  • Ayuda familiar. Un subsidio orientado a desempleados con cargas familiares que ya han agotado la prestaci?n contributiva por desempleo (el paro).
  • Subsidio extraordinario por desempleo. Si has agotado todos los subsidios anteriores a los que ten?as acceso, podr?s solicitarlo si no has cumplido la edad ordinaria de jubilaci?n y careces de rentas.
En caso de estar cobrando una pensi?n por incapacidad permanente en su modalidad total o parcial, solicita m?s informaci?n al ?rgano correspondiente para complementar con algunas de estas ayudas la cuant?a total.



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