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الريــم Senior Member

La Audiencia Nacional ha absuelto al joven brit?nico que fue juzgado el pasado lunes por enviar el 3 de julio de 2022, antes de embarcar en un vuelo de Londres a Menorca, un mensaje a un grupo privado de amigos en el que amenazaba con volar el avi?n en el que iban a embarcar. El mensaje, enviado a través de la red social Snapchat, fue interceptado por los servicios de seguridad brit?nicos y oblig? a movilizar un Eurofighter del Ejército espa?ol para escoltar el vuelo.

En su sentencia, de nueve p?ginas y recogida por Europa Press, el magistrado del Juzgado Central de lo Penal, José Manuel Fern?ndez-Prieto, recuerda que por estos hechos, la Fiscal?a de la Audiencia Nacional y la Abogac?a del Estado solicitaban para el joven de 19 a?os, natural de India y con pasaporte brit?nico, una condena de multa 22.500 euros por un delito de des?rdenes p?blicos, as? como una indemnizaci?n por responsabilidad civil de 94.782 euros a favor del Ministerio de Defensa por el coste de movilizar la aeronave militar.

En la resoluci?n, el juez explica que el acusado envi? el mensaje a un grupo privado de Snapchat que ten?a con seis amigos con los que viajaba y en el que aparec?a una fotograf?a suya y un texto en inglés que dec?a: "de camino a volar el avi?n (soy miembro de los talib?n)".

"Ese mensaje, por causas que se desconocen, fue captado por los mecanismos de seguridad de Inglaterra cuando el avi?n sobrevolaba el espacio aéreo francés", recuerda el juez, para se?alar que eso motiv? que se diera aviso a las autoridades espa?olas que desplegaron un avi?n Eurofighter que escolt? al vuelo comercial hasta Menorca.

Suma a esto que una vez aterrizado se aisl? a la aeronave y a sus pasajeros hasta que se verific? la supuesta amenaza con resultado negativo, "pues no fue hallado explosivo alguno ni ning?n objeto o instrumento que indujera a pensar que se tratase de una amenaza real".

No hubo intenci?n de movilizar el avi?n

Para el juez, una vez analizados los hechos y el tipo penal que le atribuyen las acusaciones, su actuaci?n no puede considerase como constitutiva de delito. De la acci?n del acusado, se?ala, "no se revela ni se infiere remotamente una intenci?n de provocar la movilizaci?n del avi?n del ejército, ni de cualquier otro servicio de polic?a, asistencia o salvamento", que exige el precepto legal del art?culo 561 del C?digo Penal en su redacci?n actual.

"No puede obviarse que el citado mensaje y la fotograf?a no se env?a a ning?n organismo oficial, ni se le da publicidad alguna, que llevar?a de forma ineludible a la correspondiente movilizaci?n de los pertinentes servicios de polic?a, asistencia o salvamento, que se revela como lo m?s adecuado si se pretende provocar la movilizaci?n de esos servicios", apunta.

Y a?ade que, muy al contrario, el mensaje se realiza "en un ambiente estrictamente privado entre el acusado y sus amigos con los que vuela, a través de un grupo privado al que solo ellos tienen acceso, por lo que ni remotamente el acusado pod?a suponer (como expresamente se?ala éste en el juicio), que la broma que gastaba a sus amigos pudiera ser interceptada o detectada por los servicios brit?nicos, ni por terceros ajenos a sus amigos que reciben el mensaje".

El juez afirma que se desconoce c?mo llegaron los servicios brit?nicos a conocer la fotograf?a y el mensaje enviados, "al no haber sido objeto de prueba en el juicio", si bien, insiste, no se atribuye al acusado una intenci?n de movilizar los servicios indicados.

Sobre la insinuaci?n de que quiz? fue uno de los amigos el que revelara el mensaje, el juez indica que "amén de encontrarse carente de toda prueba, en todo caso en la difusi?n p?blica del comunicado por un tercero del grupo privado, el delito lo cometer?a este tercero y nunca el acusado".



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