منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news El Supremo se guarda la baza de consultar con Europa la amnist?a tras el previsible r
الريــم Senior Member

El Tribunal Supremo no tiene duda alguna de que la amnist?a no se puede aplicar al delito de malversaci?n por el que se conden? y se proces? en rebeld?a a los l?deres del 'procés' Oriol Junqueras y Carlos Puigdemont. Por eso no la aplica y renuncia a elevar una cuesti?n prejudicial al Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea (TJUE). En cambio, pone en cuesti?n la constitucionalidad de la norma, aunque se la aplique a la desobediencia por la que est? procesada la secretaria de ERC, Marta Rovira, y le retire la orden de detenci?n nacional que a?n hab?a contra ella. De ah? que abra un plazo de 10 d?as para que las partes le informen sobre la necesidad de dirigirse al Tribunal Constitucional.

De todas formas no haber iniciado el tr?mite para dirigirse al m?ximo intérprete del derecho europeo no significa que el alto tribunal renuncie a ello para siempre. Fuentes del alto tribunal se?alan a EL PERI?DICO que esa posibilidad se pondr? en marcha si la ley de amnist?a recibe el aval del Tribunal Constitucional y, por tanto, la Sala de lo Penal y el juez Pablo Llarena se ven obligados a aplicar le medida de gracia a los condenados y a los procesados en rebeld?a por el delito de malversaci?n.

Esa baza har? que, aunque se vean obligados a aplicar la amnist?a y a levantar las ?rdenes de detenci?n nacional que a?n tienen pendientes Puigdemont y los 'exconsellers' Toni Com?n y Llu?s Puig, el TJUE ser? quien tenga la ?ltima palabra sobre la norma que establece el perd?n penal para un delito de corrupci?n en el que el Supremo espa?ol aprecia beneficio personal porque se destin? dinero p?blico a una consulta ilegal.

El alto tribunal, que considera que en su d?a el Constitucional puso mucho cuidado en remitir requerimientos personales con la prohibici?n del 1-O, lo que hizo posible que se pudiera condenar a los l?deres del 'procés', conseguir? as? al menos retrasar la aplicaci?n efectiva y definitiva del olvido penal promulgado por el Congreso.

El Supremo ha rechazado aplicar la amnist?a, porque cree que se incurre en las dos excepciones previstas en la propia amnist?a: el enriquecimiento personal y una posible afectaci?n a los intereses europeos, por los segundos de desconexi?n que el alto tribunal ve ahora que se registraron en 2017. Solo la magistrada Ana Ferrer, que firm? un voto discrepante respecto del auto de sus compa?eros, abogaba por el planteamiento de una cuesti?n prejudicial ante el TJUE ya.

Terrorismo

Las que s? han dado tr?mite a las partes para poder dirigirse al TJUE han sido las magistradas Susana Polo y Mar?a Tard?n. La primera en dar tres d?as a las partes para recabar su parecer sobre la petici?n realizada por las acusaciones personadas fue la instructora de la causa que se sigue en el alto tribunal por delitos de terrorismo por las protestas convocadas por Tsunami Democràtic, en la que est?n imputados Carles Puigdemont y el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg.

La jueza Tard?n, que sustituye a Manuel Garc?a Castell?n durante sus vacaciones, hizo lo mismo que Polo unas horas después en el procedimiento que se sigue en la Audiencia Nacional contra la secretaria general de ERC, Marta Rovira y otras 10 personas, como la mano derecha de Puigdemont, Josep Llu?s Alay, o el 'exconseller' de ERC Xavier Vendrell.

Las diferentes actuaciones de los magistrados obedece a que los procedimientos bajo su jurisdicci?n son tan distintos como el distinto delito que se investiga: desobediencia y malversaci?n o terrorismo. La Sala de lo Penal fue la que dict? la sentencia que conden? por el 1-O a Junqueras y los 'exconsellers' Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa por malversaci?n a penas de hasta 13 a?os de prisi?n, que fueron indultadas, y de inhabilitaci?n, que a?n est?n cumpliendo. El juez Llarena tiene concluida la instrucci?n apenas a falta de poder tomar declaraci?n indagatoria a Puigdemont y quienes le acompa?aron en su huida para elevar a la Sala la causa para que sea juzgada.

En cambio, en las causas de Tsunami, aunque se han investigado durante cinco a?os bajo secreto, ni siquiera se ha tomado a?n declaraci?n de los imputados y ninguno, por tanto, tiene dictada medida cautelar alguna. En el caso de aplicarse la amnist?a se deber?a decretar el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones abiertas por las protestas convocadas por la plataforma contra la sentencia dictada en octubre de 2019, que en opini?n de los tribunales son constitutivas de terrorismo.



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