منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news El TSJ de Catalu?a ve amnistiable la organizaci?n del 1-O, aunque plantea llevar la l
الريــم Senior Member

La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Just?cia de Catalu?a (TSJC) ha dado diez d?as a las partes personadas en la causa abierta contra el diputado de ERC Josep Maria Jové;el exparlamentario del mismo partido y presidente del Port de Barcelona, Llu?s Salvad?, y la consellera en funciones, Natàlia Garriga, por los supuestos delitos de prevaricaci?n, desobediencia y malversaci?n sobre la adecuaci?n de una cuesti?n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea (TJUE) o de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) por la ley de amnist?a.

El tribunal, actuando de oficio, dio traslado a las partes personadas en el procedimiento abierto por los preparativos del referéndum unilateral del 1-Opara conocer su posici?n sobre si debe aplic?rseles la ley de amnist?a en los delitos de los que vienen siendo acusados. Una vez recibidos estos escritos, en resoluci?n dictada y notificada este martes, los magistrados han resuelto que "atendido el marco hist?rico en que se habr?an llevado a cabo los actos y realizado los delitos de desobediencia que las acusaciones atribuyen a Jové, Salvad? (salvo la acusaci?n particular de Estado) y Garriga, los tres casos quedar?an abarcados en la ley de amnist?a". La resoluci?n sostiene que la norma establece que se encuadran en dicho precepto "los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza […] que hubieran sido ejecutados con el prop?sito de permitir la celebraci?n de las consultas populares".

Sin embargo, el auto apunta que "mayor dificultad presenta el pretendido encaje, entre los delitos amnistiados, del delito de malversaci?n de caudales p?blicos" a Jové y Salvad?, "aun cuando hubieren sido ejecutados entre las fechas y con la intenci?n de reivindicar, promover o procurar la secesi?n o independencia de Catalu?a", pues se declaran fuera de la ley "las conductas malversadoras siempre que haya existido prop?sito de enriquecimiento".

La malversaci?n

Los magistrados entienden que "es evidente que la intensidad del quebrantamiento de los deberes de custodia exigibles a los miembros del Govern de la Generalitat no puede concurrir en quienes no formaban parte de aquel Govern ni, por ende, pudieron participar en la adopci?n del decreto y del acuerdo de Govern detonantes de la malversaci?n". Por consiguiente, prosiguen, ser?an susceptibles de ver extinguida la responsabilidad criminal. As? pasa, por ejemplo, "con otros acusados que, sin tener disponibilidad de esos fondos, participaron en la ejecuci?n y materializaci?n del gasto".

De esta manera, en "los mandatos y encargos derivados de esa inicial disposici?n, el prop?sito de enriquecimiento no podr?a ser afirmado". La conclusi?n del tribunal es declarar amnistiables también los delitos de malversaci?n de caudales p?blicos atribuidos a los acusados Jové Llad? y Salvad?, y, por tanto, a dejar sin efecto las cautelares de naturaleza personal o real adoptadas en el curso del actual.

A pesar de ello, la resoluci?n judicial expone que "al tribunal le surge la necesidad de despejar las reservas de adecuaci?n de la norma extintiva a principios y valores protegidos constitucionalmente como la seguridad jur?dica e interdicci?n de la arbitrariedad de los poderes p?blicos, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y exclusividad en el ejercicio de la potestad jurisdiccional", por lo que se acuda "o?r" a la fiscal?a, a la Abogac?a del Estado, a la acusaci?n popular y a las defensas de los acusados para que comuniquen si, en su opini?n, es conveniente plantear una cuesti?n de inconstitucionalidad o formular las correspondientes cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea. El TSJC, mientras, deja sin efecto las medidas cautelares para los procesados.



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