منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La justicia examina cu?ndo es legal que la Polic?a de una ‘patada en la puerta’ sin o
الريــم Senior Member

La decisi?n de seis polic?as de derribar la puerta de un domicilio privado para detener una fiesta que se celebraba en plena pandemia ha acabado en un debate sobre los derechos fundamentales en las m?s altas instancias de la justicia. ?Puede un agente de la ley sin una orden judicial justificar la entrada por la fuerza en una vivienda porque la gente que se halla en su interior se niegue a identificarse?

?sa es la pregunta que se ha planteado hoy en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid durante la vista por el recurso que pide que se anule la absoluci?n de los agentes implicados y que, llegado el caso, se repita el juicio que les juzgaba por allanamiento de morada y que, seg?n la acusaci?n, estuvo "contaminado".

Colateralmente, los magistrados que conforman la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM podr?an afinar en su sentencia los l?mites de la inviolabilidad del domicilio y los requisitos de los agentes a la hora de justificar este tipo de intervenciones. En este caso, que tiene la particularidad de que se dio en un contexto de restricciones por la pandemia, los agentes no contaban con una orden judicial que les habilitase a entrar por la fuerza.

"Mi casa es mi castillo"

Para poder entrar en un domicilio sin la autorizaci?n de un juez, uno de los requisitos es que se esté produciendo en el interior un delito de forma flagrante. El ruido y saltarse las restricciones entonces vigentes por el coronavirus ser?an, a priori, faltas administrativas, no penales. Por lo tanto, a lo que se aferran los agentes es a que el delito que cometieron los asistentes a la fiesta fue el de desobediencia grave por no abrir la puerta e identificarse para ser multados.

"Mi casa es mi castillo pasa a ser un concepto que ya no existe en el ordenamiento jur?dico espa?ol", ha criticado durante su exposici?n Juan Gonzalo Ospina, el abogado que lidera la acusaci?n contra los agentes. "Toc, toc, es la Polic?a, y si no abres te intentan desmontar la cerradura, y si no pueden te tiran la puerta abajo. Que la actitud de mi representado pueda ser reprochable no es un delito penal, pero que los polic?as derribaran la puerta con un ariete s? lo puede ser".

Sin embargo, tanto la Abogac?a del Estado como la Fiscal?a han coincidido con las defensas de estos agentes en que es correcta la absoluci?n dictaminada el pasado diciembre por un jurado popular en la Audiencia Provincial. El Ministerio P?blico, que s? que vio ese delito de allanamiento que pide la acusaci?n, acab? apoyando la absoluci?n por el contexto en el que se produjo.

El caso, que va m?s all? de la fiesta, del ruido, de los modales de los asistentes e, incluso, del contexto de pandemia, da signos de que puede ir elev?ndose en las distintas instancias de la justicia. No se descarta, por tanto, que al tratarse de un derecho fundamental llegue incluso al Tribunal Supremo o al Constitucional.

La fiesta y el ariete

Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2021, cuando seis agentes acudieron a un aviso por la celebraci?n de una fiesta en un domicilio en la calle Lagasca, situada en el céntrico barrio de Salamanca de Madrid.

All?, tras dialogar con los asistentes y con el inquilino, los agentes requirieron a los j?venes que saliesen de la vivienda para identificarse y poder ser denunciados.

Ante la negativa reiterada de estos, y al juzgar el subinspector al cargo que se estaba cometiendo un delito flagrante de desobediencia grave, decidieron abrir la puerta por la fuerza, primero utilizando el método del 'resbal?n' y luego empleando unas tenazas para intentar desmontar la cerradura. Al no ser capaces, recurrieron al ariete reglamentario para derribar la puerta, detener la fiesta y multar a los asistentes.

Un local de "alterne"

El inquilino, que asegur? frente a la Audiencia Provincial de Madrid en noviembre que le hab?an detenido ilegalmente y que hab?a sentido "mucho miedo", pas? la noche en el calabozo antes de ser puesto en libertad y de ser expulsado posteriormente de su vivienda por el propietario por lo sucedido.



Por su parte, el subinspector a cargo de la operaci?n asegur? durante su declaraci?n ante el tribunal que lo que se encontraron cuando derribaron la puerta “no era un domicilio, sino un sitio dedicado a organizar fiestas”, pues no apreci? “enseres personales”, sino “luces tenues, copas y botellas por todos lados, ceniceros… Lo m?s parecido a un local de alterne".



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