Cuando llega el verano muchos trabajadores se alegran de recibir por fin unas merecidas vacaciones en las que desconectar de la rutina. A pesar de ello, estos momentos de paz y tranquilidad se pueden ver destruidos por mensajes o llamadas del trabajo que nos recuerden el estrés del d?a a d?a.
Sin embargo, cada vez son m?s las personas que reivindican su derecho a desconectar digitalmente.
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Y es que, como se?ala el medio Noticiastrabajo, La Ley Org?nica 3/2018 de Protecci?n de Datos y Garant?as de los Derechos Digitales recoge el derecho a la desconexi?n digital en su art?culo 88. Seg?n esta ley, “los trabajadores y los empleados p?blicos tendr?n derecho a la desconexi?n digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, as? como de su intimidad personal y familiar”.*
Debido a esta ley, ninguna empresa puede exigir a sus trabajadores que contesten a mensajes o llamadas. Esta regla solo puede vulnerarse en casos excepcionales de fuerza mayor, en casos en los que el empleado tenga una pieza de informaci?n crucial para un proyecto importante o situaciones similares.*
De hecho, si una empresa vulnera el derecho a la desconexi?n digital, la Ley puede considerarlo como una “infracci?n grave”, llegando a sancionar econ?micamente a la empresa. Y estas multas no son ninguna tonter?a, ya que pueden ir desde los 751 a 1.500 euros en su grado m?nimo, de 1.501 a 3.750 euros en su grado medio y de 3.751 a 7.500 euros en los casos m?s graves. Por ?ltimo, si las infracciones son reiteradas, se puede llegar a calificar como “muy grave” la vulneraci?n de la ley, haciendo que las multas asciendan hasta los 225.018 euros.
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