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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news Condenado Juli?n Mu?oz y exediles de Marbella en una causa en la que absuelven a Roca
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La Audiencia de M?laga ha condenado al exalcalde de Marbella Juli?n Mu?oz, a exediles y a un promotor, que llegaron a un acuerdo de conformidad con el fiscal, en una causa en la que se ha absuelto al exasesor de Urbanismo marbell? Juan Antonio Roca y a otro empresario, al considerar, en este caso, que los delitos de los que se les acusaba ya fueron juzgados o han prescrito.

As? se desprende de la sentencia y del auto, consultados por Europa Press, dictados por la Secci?n Primera de M?laga en una causa en la que se han investigado varios delitos en relaci?n con los sucesivos convenios firmados desde 1995 por el Ayuntamiento de cesi?n de parcelas y aprovechamientos a empresas vinculadas a dos empresarios, uno de ellos Tom?s O., que ha sido absuelto.

En la sentencia, se condena a Mu?oz, seg?n el acuerdo, por delitos de prevaricaci?n administrativa, fraude y prevaricaci?n urban?stica y se le impone 18 meses de prisi?n y 15 a?os de inhabilitaci?n especial para empleo o cargo p?blico, estimando que concurre la circunstancia que aten?a la pena de dilaciones indebidas. El resto de condenas oscilan entre los nueve a?os de c?rcel y el pago de una multa.

Seg?n el apartado de antecedentes de hecho de esta resoluci?n, en diciembre de 2021 se celebr? una primera comparecencia en la que el fiscal --?nica parte acusadora tras retirarse las particulares como el Ayuntamiento-- y las defensas hablaron de una posible conformidad. En noviembre de 2022 se celebr? otra vista en la que se present? un nuevo escrito de acusaci?n con el que se mostraron de acuerdo nueve acusados, la mayor?a exediles y el empresario José Mar?a E.G.

Pero, no mostraron su conformidad Roca, el empresario Tomas O. y Mu?oz. Para estos tres se fij? el inicio del juicio en octubre de 2023. Entonces, el exalcalde s? se mostr? de acuerdo con el escrito de acusaci?n modificado y reconoci? los delitos de prevaricaci?n y fraude; mientras que las defensas de los otros dos acusados presentaron cuestiones previas.

En este sentido, los letrados argumentaron que algunos hechos eran cosa juzgada, porque ya se vieron en el caso 'Malaya' o en otros procedimientos; o que estaban prescritos. Seg?n recoge la sentencia, por auto de diciembre de 2023 se estimaron estas cuestiones previas planteadas y se acord? el sobreseimiento y archivo de la causa respecto de ellos, al darles la Sala la raz?n a las defensas.

En ese auto, consultado por Europa Press, en el caso del empresario, se estiman prescritos los delitos por los que era acusado de fraude, cohecho y malversaci?n, incidiendo en que se trata de convenios firmados en 1994; mientras que otros hechos se consideran que fueron investigados ya en otros procedimientos, por lo que determina el sobreseimiento de la causa.

En el caso de Roca, se le absuelve por los mismos motivos, como son que no fue interrogado por algunos de los hechos imputados, que por tanto deben excluirse; al igual que otros ya vistos en el caso 'Malaya'o en 'Saqueo'. Pero también estima la Sala que se le aplican las prescripciones ya determinadas para el anterior acusado. Contra dicha resoluci?n no cab?a recurso.

Tras ese archivo de la causa para Roca y el empresario, las defensas de la mayor?a de los acusados ratificaron su conformidad ya expresada, pero no el letrado de Juli?n Mu?oz y el del otro promotor, quienes pidieron acogerse a la prescripci?n o cosa juzgada declarada para los anteriores y, por tanto, instaron a que se acordara también para sus clientes el sobreseimiento de la causa.

La Sala ha dictado una sentencia en la que se?ala que la pretensi?n de estos acusados, "desdiciéndose de su conformidad anterior no puede prosperar". "No pueden pretender que se les aplique de forma autom?tica, sin explicar ni exponer los motivos en los que se basan para ello, los pronunciamientos contenidos en el auto, pues su intervenci?n en los hechos no fue la misma ni tampoco la prescripci?n opera para todos de forma idéntica", indica.

Asimismo, en dicha resoluci?n, a la que ha tenido acceso Europa Press, se entiende que "no cabe apreciar que cuando prestaron su consentimiento tuvieran viciada su voluntad o carecieran del correspondiente asesoramiento jur?dico por parte de sus respectivos letrados defensores". Adem?s, se?ala que los dem?s acusados "o bien presentaron escrito ratificando la conformidad prestada con anterioridad o bien guardaron silencio no oponiéndose a la validez de la misma".

Por eso, y tras "las distintas vicisitudes por las que ha atravesado el procedimiento", dice la resoluci?n, se dicta esta sentencia "de acuerdo con las conformidades alcanzadas entre las partes", al "no estimarse incorrecta por este Tribunal la calificaci?n formulada, entendiendo, por otro lado, que la pena procede legalmente y no existiendo duda de que los acusados han actuado libremente".

El fiscal de M?laga ha anunciado un recurso de casaci?n, que se deber? interponer en su caso ante el Tribunal Supremo, contra el sobreseimiento de la causa respecto a Roca y el empresario, han informado a Europa Press fuentes fiscales.



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