منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La Fiscal?a pide dar carpetazo a la causa contra los CDR en aplicaci?n "sin género de
الريــم Senior Member

La Fiscal?a Audiencia Nacional ha apoyado este jueves la aplicaci?n de la amnist?a a la causa contra 12 miembros de los Comités de Defensa de la Rep?blica (CDR) acusados de pertenencia a organizaci?n terrorista, que se encontraba a la espera de fijar fecha de juicio y con petici?n de penas de hasta 27 a?os de prisi?n por parte del Ministerio P?blico. De este modo, se posiciona junto a las defensas de los procesados y solicita que se declare "extinguida la responsabilidad penal" y se dé carpetazo al procedimiento.

El representante del Ministerio P?blico adscrito a este asunto es Vicente Gonz?lez Mota, quien asumi? esta causa tras la marcha de Miguel ?ngel Carballo a la Fiscal?a Provincial de Ciudad Real. Este fiscal, no obstante, no ha sido el que ha estado presente este jueves en la vista p?blica celebrada en la Audiencia Nacional para tratar este asunto, al haber sido sustituido por la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Dur?ntez. Sobre las razones del cambio, la propia Dur?ntez se?al? al termino de la vista que se trataba de "un tema organizativo interno valorado por la jefatura como lo procedente".

Durante su intervenci?n, la teniente fiscal ha manifestado que cuando inicialmente la Fiscal?a se pronunci? en contra de las peticiones de las defensas no hab?a sido aprobada la ley, pero ya se cuenta con este instrumento jur?dico, que permite incardinar los hechos imputados a los miembros de los CDR en el ?mbito temporal de la norma.

En cuanto a los hechos imputados como terroristas, Dur?ntez ha defendido que también se incardinan dentro del ?mbito de la aplicaci?n de la ley de amnist?a. Hubiera sido necesario que se hubieran causado da?os graves o una violaci?n grave de los derechos humanos*para que los estragos intentados que se imputan a los procesados quedaran fuera de su ?mbito de aplicaci?n, pero estos "en realidad no llegaron a producirse", ha a?adido.*

"No podemos partir de suposiciones"

"No podemos partir de suposiciones o de potencial da?o, sino de certezas", ha a?adido la teniente fiscal, para incidir que el legislador "ha dejado claro en el pre?mbulo de la ley" que ?nicamente quedan fuera de la amnist?a aquellos hechos que afectan gravemente a los derechos humanos o supones delitos graves. "La interpretaci?n no ofrece género de dudas", ha concluido, instando a la Sala a que se declare "extinguida la responsabilidad penal" y se dicte el sobreseimiento libre de las actuaciones.

Quien s? se ha mostrado muy cr?tico con la ley ha sido el abogado de la acusaci?n popular Ignacio Fuster Fabra, que ha se?alado que su amplio pre?mbulo viene a justificar que su inconstitucionalidad: "Excusatio non petita...".*

Cuando llevaba unos minutos de intervenci?n ha sido interrumpido por el presidente del tribunal, Alfonso Guevara, que le ha recordado que en la vista no est? para criticar la ley de amnist?a, sino para estudiar si esta es no aplicable a este caso concreto. "No siga por ah? porque no", le ha llegado a se?alar, para a?adir que la ley les da "igual" a los tres magistrados que integran la secci?n de lo Penal de la Audiencia Nacional que tiene que valorar este asunto. "Que no, que volvemos a las Cortes, que no, que por ah? no trago", ha concluido.

Hechos no excluidos de la ley

Seg?n las defensas, los actos atribuidos a los procesados no cumplen los requisitos de exclusi?n que prevé la ley de amnist?a: que la finalidad de los hechos sea terrorista seg?n la directiva europea, o que hayan causado graves violaciones de derechos humanos. Por esta raz?n, todos los representantes de los acusados han defendido este jueves que hasta que se conozca si se aplica o no la amnist?a a este procedimiento, los tr?mites para la celebraci?n del juicio deber?an quedar en suspenso y también anularse y devolverse las fianzas econ?micas depositadas. Incluso van m?s all? e instan a que se dé carpetazo al procedimiento.

Fue en noviembre de 2023 cuando la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirm? la conclusi?n de sumario acordada por el juez instructor Manuel Garc?a Castell?n y abri? juicio oral contra los 12 miembros de los denominados Comités de Defensa de la Rep?blica procesados por pertenencia a organizaci?n terrorista, por estar dispuestos a usar la violencia para conseguir la independencia de Catalu?a. Las defensas siempre han defendido que no cometieron terrorismo y que se les juzga por su ideolog?a independentista.

Acusados y penas

La Fiscal?a pidi? sentar en el banquillo a Eduard Garz?n, Esther Garc?a, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tom?s, Alexis Codina, Jordi Ros y Rafael Delgado por delitos de pertenencia a organizaci?n terrorista; tenencia, dep?sito o fabricaci?n de explosivos; y estragos, este ?ltimo en grado de tentativa.

Respecto a los dem?s procesados, el Ministerio Fiscal se?al? a Ferr?n Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero ?nicamente por el delito de pertenencia a organizaci?n terrorista. Solicita*27 a?os de prisi?n para ocho de ellos por los delitos de integraci?n*en organizaci?n terrorismo,*tenencia y fabricaci?n de sustancias explosivas y estragos*en grado de tentativa.

Seg?n la investigaci?n judicial, este grupo formaba dentro de los CDR el denominado Equipo de Respuesta T?ctica (ERT), una célula integrada por un n?cleo radicalizado compuesto por individuos procedentes de diferentes CDR. Su creaci?n vend?a motivada por la necesidad de contar en el seno de los CDR con un grupo clandestino formado por individuos de la m?xima confianza que se mostraran totalmente entregados a "la causa" para encargarles las acciones m?s sensibles.

A diferencia de la causa de*Tsunami Democràtic, el ministerio p?blico nunca ha dudado de que los CDR deb?an ser juzgados por terrorismo y por tenencia de explosivos, aunque todos fueran quedando en libertad por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que consider? que las sustancias intervenidas a?n no eran explosivas porque no estaban mezcladas.*Otra cuesti?n es fijar si estos delitos quedan excluidos de la amnist?a, al no existir v?ctimas ni haber ocasionado los actos de esta célula perjuicios graves o irreparables.



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